La «No movilidad», poder realizar todas las actividades desde un ámbito de relaciones digitales y no presenciales, «participar en sociedad de una manera diferente», produce efectos sobre la organización de la movilidad general, los transportes, el urbanismo o el funcionamiento de la ciudad, y también crea requerimientos tecnológicos y de servicios, necesarios para poder escoger esta opción.
Tratar sobre la “No movilidad” es tratar de equidad y justicia social, en relación con la ordenación del territorio, la implantación de las actividades distribuidas en su seno y la disponibilidad de cada persona para acceder a la oferta de servicios que la sociedad (desde lo público y desde lo privado) pone a nuestra disposición.
Considerar la “No movilidad” como un escenario de derechos y deberes, significa reconocer a cada individuo el derecho no sólo a desplazarse libremente, sino también a no desplazarse para poder hacer realidad su proyecto vital y al conjunto de la Comunidad, a los poderes públicos evidentemente, el deber de abastecernos a todos de las condiciones que nos permitan ejercer este derecho.
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